Emergencia sanitaria: medidas de asistencia al sector productivo para sostener la economía correntina

En el marco de la pandemia actual, el gobernador de la Provincia, Gustavo Valdés, dispuso implementar medidas destinadas al sector productivo con el firme propósito de sostener la economía correntina y poder acompañar este proceso de aislamiento social necesario para combatir al coronavirus. Estas acciones fueron anunciadas esta mañana por funcionarios del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia y del Banco de Corrientes SA.

 

Con este esquema el Gobierno Provincial junto al Banco de Corrientes pretende dar cobertura a todas las actividades económicas, pymes, profesionales, comerciantes, prestadores de servicios y oficios, afectados por la pandemia y requieran financiar la caída de actividad producto del aislamiento.

BANCO DE CORRIENTES

En esta línea de acción dispondrá de variadas opciones financieras:

-Aumento de acuerdos en cuentas Corrientes: Para todas las cuentas con acuerdo vigente un 20% con un máximo de 1 millón por un plazo de 60 días. Alcanzaría a unos 1.500 clientes con acuerdo y representaría un apoyo al sector privado comercial de unos $180 millones.

-Línea Especial para Pago de Sueldos: Hasta el monto de una nómina máximo $5 millones a 12 meses de plazo, a SOLA FIRMA, Tasa: 22% sin comisión, a devolver en 9 cuotas mensuales, y 3 meses de gracia.

-Línea Capital de Trabajo: Hasta un mes de facturación mensual Máximo 2 millones. Plazo 24 meses, tasa 24% T.N.A.

-Línea para trabajadores Independientes (Monotributistas): Esta línea está dirigida a personas que desarrollen su actividad en forma independiente, por cuenta propia, prestación de servicio, u oficios que no estén contemplados en otras líneas generales del Banco. Actividades tales como plomeros, gasistas, carpinteros, albañiles, técnicos, mecánicos de cualquier especialidad, artistas plásticos, choferes de remises y taxis, comerciantes, profesionales independientes y otros no detallados en esta, pero que por sus características puedan encuadrar en el alcance genérico de la línea, inscriptos en el régimen simplificado de Monotributo. Hasta 3 veces el ingreso máximo de la categoría con un tope de $ 300.000 en 24 meses.

RENTAS

En el mismo sentido se dispuso para las obligaciones de cumplimiento por calendario las siguientes.

- Prórroga y corrimiento de vencimientos de planes de pagos por 90 días.

- Prórroga de vencimiento de DJ anual de Existencia de Ganado hasta el 30/06/20.

- Prórroga de vigencia de títulos de Marcas y Señales hasta el 31/05/20.

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